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    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sala de lo Social. Sección Sexta. Recurso 140 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO SOCIAL
 Sección Sexta
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO
 
 121 
 Recurso 140 de 2010 
  En las actuaciones de recurso de casación para unificación número 140 de 2010, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos de recurso de suplicación número 5.048 de 2009, promovidos por don Miguel Ángel Adame Manobanda, contra don José Luis Gómez Oliva, Fondo de Garantía Salarial, “Norsur Obras, Sociedad Limitada”, y “Norsur Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre contratos de trabajo, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
  Providencia
  Ilustrísimos señores don Enrique Juanes Fraga, don Luis Lacambra Morera y don Benedicto Cea Ayala..En Madrid, a 24 de febrero de 2010.
  Dada cuenta; únase el anterior escrito a los autos de su razón; constando la voluntad de quien lo ha presentado de recurrir en casación para la unificación de doctrina la resolución en el mismo identificada, entréguense copias a las demás partes.
  Habiéndose cumplido los requisitos precisos para interponer el mencionado recurso, se tiene por preparado.
  Emplácese a las partes para que comparezcan personalmente o mediante abogado o representante ante la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles a contar a partir de la notificación de esta providencia, debiendo la parte recurrente presentar ante dicha Sala, dentro de los veinte días siguientes a la fecha en que se efectúe el emplazamiento, el escrito de interposición de conformidad de lo que ordenan los artículos 219, 220 y 221 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Dado que las mercantiles “Norsur Obras, Sociedad Limitada, “Norsur Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, y don José Luis Gómez Oliva se encuentran en ignorado paradero, llévese a cabo su emplazamiento mediante la publicación del edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará al efecto, y en los estrados de esta Sala.
  A los efectos del mencionado emplazamiento, sirve la copia o transcripción de esta providencia.
  Una vez que las partes interesadas en estas actuaciones hayan sido emplazadas, elévense los originales de las mismas a la Sala Cuarta precitada dentro de los cinco días siguientes.
  Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Norsur Obras, Sociedad Limitada”, “Norsur Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, y don José Luis Gómez Oliva, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 24 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/13.180/10)</texto>
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