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    <identificador>BOCM-20100422-120</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sala de lo Social. Sección Sexta. Recurso 1.379 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO SOCIAL
 Sección Sexta
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Recurso 1.379 de 2010 
  En las actuaciones del recurso de suplicación número 1.379 de 2010, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 945 de 2009 del Juzgado de lo social de Madrid, promovidos por don José Martín Ramiro, contra “Técnicas de Gestión y Dirección, Sociedad Limitada”, y otros, sobre despidos disciplinarios, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
  Dada cuenta; se tiene por recibido el anterior recurso de suplicación, regístrese en los libros pertinentes de esta Sección y fórmese el correspondiente rollo de recurso.
  De acuerdo con lo prevenido en los artículos 203 de la Ley Orgánica 6/1985 y 180 de la Ley 1/2000, se designa magistrado-ponente al ilustrísimo señor Benedicto Cea Ayala, tomándose nota de ello en los libros de esta Sección de Sala.
  En su momento, pónganse las actuaciones a disposición de dicho magistrado-ponente, para que proponga lo que, en su caso, haya lugar sobre la admisión definitiva del presente recurso, su tramitación y decisión, fijándose por la magistrada-presidente como fecha de votación y fallo la del día 16 de junio de 2010.
  Procédase a la publicación del fallo de la resolución citada.
  Se advierte a “Logoland, Ltd.”, y “Swis Market, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, que en lo sucesivo se les efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Y para que le sirva de notificación y advertencia en forma a “Técnicas de Gestión y Dirección, Sociedad Limitada”, se expide el presente edicto en Madrid, a 24 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/12.690/10)</texto>
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