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    <identificador>BOCM-20100422-107</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VELILLA DE SAN ANTONIO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Velilla de San Antonio</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 107 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora número 11, reguladora de las tasas de las instalaciones deportivas municipales, transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro del artículo reformado:
  Art. 5.  Instalaciones deportivas
  (...)
  De nueva inclusión.
  Bono de luz (diez horas) para pistas de tenis y pádel:
  .	Socio adulto: 20 euros.
  .	Socio adulto familia numerosa: 10 euros.
  .	No socio adulto: 25 euros.
  No se contempla la opción de bono de luz infantil.
  En Velilla de San Antonio, a 30 de marzo de 2010..El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.
  (03/13.888/10)</texto>
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