<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100421-86</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALCALÁ DE HENARES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcalá de Henares. Régimen económico. Expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>94</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-21200420100224</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/21/BOCM-20100421-86.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/21/BOCM-20100421-86.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/21/BOCM-20100421-86.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 86 
 Expedientes sancionadores 
  Por el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:
  Vistas las actuaciones practicadas en los expedientes sancionadores que se referencian a continuación, así como la existencia de alegaciones formuladas por el interesado dentro del plazo reglamentario, y una vez valoradas las mismas, no habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación que permite exonerar la responsabilidad del infractor, se ha resuelto la estimación de las alegaciones presentadas, así como proceder al archivo de los expedientes que se relacionan a continuación.
  Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba esta notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o bien, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de dicha resolución, si fuera expresa; en caso contrario, el plazo será de seis meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier acción que estime pertinente.
  Expediente.nMatrícula.nFecha.nArtículo.nImporte.nNIF.nNombre
  2009018410- -006559-FRD-13/07/2009 11:40:00-OMC 63 5 1A-90,00 EUROS-050652957B-ARIAS MARTINEZ, JOSE.
  2009018408- -008208-CSD-13/07/2009 12:15:00-OMC 63 26 1A-90,00 EUROS-008978887D-GASCO GONZALEZ, M MAR.
  Alcalá de Henares, a 2 de marzo de 2010..El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el TAG del Departamento de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana (firmado).
  (02/2.510/10)</texto>
</documento>