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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/04/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ley– Corrección de errores de la Ley 6/1986, de 25 de junio, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>94</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>A) Disposiciones Generales</apartado>
    <organismo>PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  A) Disposiciones Generales 
  PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD 
 
 1 
 Corrección de errores de la Ley 6/1986, de 25 de junio, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid. 
  Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Ley en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, correspondiente al día 9 de julio de 1986, páginas 13 a 15, se procede a su corrección en los siguientes términos:
  En la página 14, primera columna, en el artículo 5, apartado 3,
  Donde dice: “La resolución de la Mesa se notificará a la Comisión Promotora y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
  Debe decir: «La resolución de la Mesa se notificará a la Comisión Promotora y se publicará en el “Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid”».
  (03/15.837/10)</texto>
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