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    <identificador>BOCM-20100420-148</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 1. Procedimiento ordinario 431 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>93</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 148 
 Procedimiento ordinario 431 de 2008 
  En virtud de lo acordado por este Juzgado en resolución dictada en el día de hoy, se ha acordado expedir el presente edicto para la notificación de la sentencia dictada en autos al demandado declarando en rebeldía y cuyo paradero se desconoce, siendo el encabezamiento de la sentencia el siguiente:
  Vistos por la ilustrísima señora doña Victoria Sainz de Cueto Torres, los autos de juicio ordinario número 431 de 2008, seguidos a instancias de “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, representada por el procurador don José Francisco Reino García, contra don José Ramón Anchundia Muñoz, rebelde en la causa, en reclamación de 15.081,45 euros, intereses y costas, y el fallo el siguiente:
  Que estimando en parte la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a don José Ramón Anchundia Muñoz a que abone a “FCE Bank, PLC”, la cantidad de 15.081,45 euros, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas de este procedimiento.
  Y para que sirva de notificación en forma al demandado declarado en rebeldía cuyo paradero actual se desconoce, expido el presente edictos en Alcalá de Henares, a 22 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/3.476/10)</texto>
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