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    <titulo>– Olmeda de las Fuentes. Organización y funcionamiento. Ordenanza venta ambulante</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza venta ambulante 
  El Pleno del Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero de 2010, acordó la aprobación inicial de la ordenanza número 28, reguladora de la venta ambulante y fuera de establecimiento permanente en el municipio de Olmeda de las Fuentes.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Olmeda de las Fuentes, a 10 de marzo de 2010..El alcalde, Miguel Ángel Alonso Juliá.
  (03/13.424/10)</texto>
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