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    <fecha_publicacion>2010/04/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Córdoba número 3. Procedimiento 252 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 61 
 Procedimiento 252 de 2010 
  Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Córdoba.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 252 de 2010, a instancias de la parte actora doña Francisca Torralbo Ramírez, contra “Rennik Astom, Sociedad Limitada”, “Asistencia Técnica y Formación, Sociedad Limitada”, y doña María del Mar Berni Hinojosa, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 22 de marzo de 2010 del tenor literal siguiente:
  Providencia
  Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor don Vicente Rueda..Córdoba a 22 de marzo de 2010.
  Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones, y no habiéndose podido llevar a cabo la citación de las demandadas “Asistencia Técnica y Formación, Sociedad Limitada”, y “Rennik Astom, Sociedad Limitada”, procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el boletín oficial correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado para la celebración de juicio señalado para el día 11 de mayo de 2010, a las doce y diez horas, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados; líbrese, asimismo, la documentación por correo certificado con acuse de recibo, así como que se libre exhorto a Madrid para la citación de las demandadas. Cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda a los efectos previstos en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Asimismo, únase a las actuaciones la anterior transferencia recibida del Juzgado de lo social número 4 de Córdoba, estándose a los actos convocados. Notifíquese.
  Y para que sirva de notificación a las demandadas “Rennik Astom, Sociedad Limitada”, y “Asistencia Técnica y Formación, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Córdoba, a 22 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.205/10)</texto>
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