<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100416-310</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Toledo número 2. Demanda 888 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>90</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20100416-310</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/16/BOCM-20100416-310.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/16/BOCM-20100416-310.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/16/BOCM-20100416-310.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
310Demanda 888 de 2008
Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 888 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amar Lemalen, contra las empresas “Estructuras Acme 2005, Sociedad Limitada”, “Cebrero Encofrados, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:
Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 16 de abril de 2010, a las doce y cuarenta horas en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Marqués de Mendigorría, número 2, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Ha lugar al interrogatorio de las demandadas, debiendo el representante legal comparecer personalmente al acto de la vista.
Se requiere a las empresas demandadas a fin de que aporten la documentación solicitada en el escrito de demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así por este auto lo pronuncia, manda y firma doña María Pilar Martínez Gao, ilustrísimo magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Toledo..Doy fe.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerbero Encofrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Toledo, a 5 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
(03/12.235/10)</texto>
</documento>