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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 1.516 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
256Demanda 1.516 de 2009
Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos de demanda número 1.516 de 2009, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Jaime Parra Caro, que comparece asistido del letrado, don Francisco García Grande, y de otra, como demandada, “Asplim Química, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimo la demanda formulada por don Jaime Parra Caro, frente a “Asplim Química, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone al actor la suma bruta de 4.013,445 euros por los conceptos enumerados en el ordinal segundo de la presente resolución.
La cuantía reconocida de 1.881,33 euros por los conceptos salariales será incrementada en el 10 por 100 de interés anual por mora respecto de la demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En Madrid, a 9 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
(03/12.216/10)</texto>
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