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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 70 de 2010</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
246Ejecución 70 de 2010
Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 70 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Montes Martín, doña Mónica Moreno Gómez y doña Tamara Tejado Niño, contra la empresa “Easy Products, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 10 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Auto
En Madrid, a 10 de marzo de 2010.
Parte dispositiva:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a)  Despachar la ejecución solicitada por doña Tamara Tejado Miño, doña Mónica Moreno Gómez y doña Yolanda Montes Martín, frente a “Easy Products, Sociedad Limitada Unipersonal”, por las cantidades siguientes: 6.325 euros de principal (de los que 2.020,04 euros corresponden a doña Tamara Tejado Miño, 2.293,4 euros a doña Mónica Moreno Gómez y 2.011,50 euros a doña Yolanda Montes Martín), más otros 379,5 euros y 632,5 euros de intereses y costas.
b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
Líbrense los oficios que procedan a “Caja de Madrid”, “Banco Gallego” y “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, para la remisión de las cantidades que existieran en las cuentas o depósitos de la ejecutada “Easy Products, Sociedad Limitada Unipersonal”, o cantidades que se adeuden a la ejecutada por parte de la Hacienda Pública en concepto de devolución por el impuesto de la renta de las personas físicas, a la cuenta de “Depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número de cuenta 2524, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.
Igualmente se acuerda librar los mandamientos que procedan a los registros correspondientes con la misma extensión para que se proceda a la anotación del embargo trabado sobre los bienes inscritos propiedad de la ejecutada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).
Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Así lo manda y firma. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La  magistrada-juez de lo social (firmado).
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Easy Products, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
(03/12.055/10)</texto>
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