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    <fecha_publicacion>2010/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 440 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
226Demanda 440 de 2009
Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 440 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Alberto Otavalo Quinchiguango, contra las empresas “Kapa Arquitectura, Sociedad Limitada”, y “Qualqui Construcción y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Alberto Otavalo Quinchiguango, contra las empresas “Kapa Arquitectura, Sociedad Limitada”, y “Qualqui Construcción y Reformas, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, no comparecidas en el procedimiento pese a estar citadas en legal forma, debo condenar y condeno a las demandadas a abonar al actor la suma de 5.648,66 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés por mora.
En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Kapa Arquitectura, Sociedad Limitada”, y “Qualqui Construcción y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 15 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
(03/12.197/10)</texto>
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