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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.688 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
EDICTO
164Demanda 1.688 de 2009
Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de lo social del número 4 de Madrid.
Hago saber: Que por resolución de 24 de marzo de 2010 dictada en el proceso seguido a instancias de doña Lucelly Henao Montoya, contra “Reformas y Limpiezas Arias, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.688 de 2009, ejecución número 104 de 2010, se ha acordado citar a “Reformas y Limpiezas Arias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 28 de abril de 2010, a las nueve y veinticinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Providencia
Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Isabel Saiz Areses..En Madrid, a 24 de marzo de 2010.
Dada cuenta; por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón, cítese a las partes a comparecencia para lo cual se señala el día 28 de abril de 2010, a las nueve y veinticinco horas de su mañana, en la Sala 1-B de este Juzgado a fin que por las partes se hagan las alegaciones pertinentes sobre la no readmisión, debiendo concurrir con los medios de prueba que sean practicables en el acto. Con la advertencia de que si no compareciere la actora o persona que le represente se le tendrá por desistida de su solicitud y si no compareciere el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia de conformidad con lo establecido en los artículos 281 y 278 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito habrá de efectuarse:
a)  Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número 2502/ 0000/00/número de autos, en la entidad bancaria “Banesto”.
b)  Mediante transferencia a dicha entidad 0030/1143/50/2502/0000/00/número de autos, número de procedimiento y persona o empresa que efectúa el ingreso.
Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La magistrada-juez de lo social (firmado).
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de citación a “Reformas y Limpiezas Arias, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Madrid, a 24 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
(03/12.967/10)</texto>
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