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    <fecha_publicacion>2010/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales Vega del Guadalix. Régimen económico. Ordenanza fiscal servicios de ayuda a domicilio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES “VEGA DEL GUADALIX”
RÉGIMEN ECONÓMICO
141Ordenanza fiscal servicios de ayuda a domicilio
Por acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 24 de febrero de 2010, se aprobó provisionalmente la imposición y ordenación de la ordenanza fiscal siguiente:
Tasa de prestación de los servicios de ayuda a domicilio, teleasistencia y habitabilidad de vivienda.
Dicha ordenanza se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 111 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Secretaría.
c)	Órgano ante quien se reclama: Junta.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
El Molar, a 24 de febrero de 2010..El presidente, Emilio de Frutos.
(03/9.153/10)</texto>
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