<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100415-321</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LA CORUÑA NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>La Coruña número 2. Ejecución 51 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <diario_numero>89</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-15310320100538</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/15/BOCM-20100415-321.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/15/BOCM-20100415-321.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/15/BOCM-20100415-321.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LA CORUÑA NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LA CORUÑA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 321 
 Ejecución 51 de 2010 
  Don Francisco Ferreiro Vázquez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de La Coruña.
  Hace saber: Que ante este Juzgado se tramitan autos con el número 801 de 2007-I, ejecución número 51 de 2010, a instancias de doña Begoña Espiñeira de Bernardo, contra “Goldoro, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, en los que en el día de la fecha se dictó resolución, cuya parte dispositiva dice textualmente:
  El ilustrísimo señor don Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo social del número 2 de los de La Coruña, acuerda: Decretar la ejecución por sus trámites legales correspondientes, derivada de la sentencia dictada en este Juzgado en los presentes autos, seguida a instancias de doña Begoña Espiñeira de Bernardo, y, en consecuencia, requerir a la empresa “Goldoro, Sociedad Anónima”, para que en el acto satisfaga las cantidades de 5.812,14 euros de principal, 348,72 euros calculados para intereses y 581 euros de gastos y costas.
  Y al estar declarada la insolvencia en el Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, ejecución número 15 de 2008, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, désele audiencia por quince días al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que puedan señalar nuevos bienes sobre los que trabar el embargo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo constar que la presente resolución no es susceptible de recurso alguno.
  Así lo acordó y firma su señoría..Doy fe.
  Para que conste e insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación a la empresa “Goldoro, Sociedad Anónima”, expido y firmo el presente en A Coruña, a 12 de marzo de 2010..El secretario judicial, Francisco ­Ferreiro Vázquez.
  (03/12.018/10)</texto>
</documento>