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    <fecha_publicacion>2010/04/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 513 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 231 
 Demanda 513 de 2009 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 513 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelmajid El Marmouke, contra la empresa “Obras y Reformas Defesa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 2 de abril de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Abdelmajid El Marmouke, contra “Obras y Reformas Defesa, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 2.817,21 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obras y Reformas Defesa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/11.692/10)</texto>
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