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    <titulo>Convocatoria ayudas
– Orden 1631/2010, de 24 de marzo, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar actividades de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos, realizadas en el ejercicio 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
 14 
 ORDEN 1631/2010, de 24 de marzo, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar actividades de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos, realizadas en el ejercicio 2010. 
  La Orden 1678/2009, de 16 de abril, de la Consejería de Educación, de carácter normativo, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas con destino a financiar actividades de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 4 de mayo).
  Este procedimiento está adaptado a lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid.
  En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
  DISPONGO
  Primero
  Convocatoria
  Se convocan ayudas destinadas a subvencionar las actividades realizadas en el ejercicio 2010 por parte de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, se incorpora al Anexo I de dicho Decreto la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento, con documentación adjunta y aportación de otros documentos durante la tramitación del expediente. 
  Segundo
  Presupuesto
  El crédito máximo destinado a estas ayudas asciende a 25.200 euros, que se financiarán con cargo a la partida 48260 “Ayudas a actividades de alumnos”, del programa 500 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010.
  Tercero
  Solicitudes y plazo de presentación
  Las solicitudes se ajustarán al modelo del Anexo I de la presente Orden, acompañada de los documentos establecidos en el artículo 4 de la Orden 1678/2009. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar de fecha a fecha, desde la publicación de la presente convocatoria.
  Las solicitudes, así como la documentación adjunta, también podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y que podrán obtenerse a través de www.madrid.org, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto
  Régimen de recursos
  Contra esta convocatoria, así como contra la resolución de la misma, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  Quinto
  Derogación
  A la entrada en vigor de la presente quedan derogadas las solicitudes que figuran como Anexos I-A y I-B a la Orden 1678/2009.
  Madrid, a 24 de marzo de 2010.
  		La Consejera de Educación, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
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  (03/13.370/10)</texto>
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