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    <identificador>BOCM-20100412-113</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VELILLA DE SAN ANTONIO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>86</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Velilla de San Antonio</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 113 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal tasa número 11, reguladora de las instalaciones deportivas municipales, transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de los artículos reformados:
  Art. 6.  Instalaciones deportivas
  Pistas de tenis.
  (...)
  Se deroga:
  “Para poder tener derecho a las escuelas municipales de tenis, como alumno, se requerirá estar federado en la Federación Madrileña de Tenis. El coste de dicha licencia correrá por cuenta de los usuarios del servicio.”
  En Velilla de San Antonio, a 23 de marzo de 2010..El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.
  (03/12.318/10)</texto>
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