<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100409-201</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 16. Demanda 1.794 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>84</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-09250320100428</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/09/BOCM-20100409-201.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/09/BOCM-20100409-201.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/09/BOCM-20100409-201.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 201 
 Demanda 1.794 de 2009 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.794 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Vaquero Guindal, contra la empresa “Sumitop Suministro, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 3 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don José Velasco Pérez, contra la empresa “Sumitop Suministros, Sociedad Anónima”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don José Velasco Pérez acordado con efectos del día 27 de octubre de 2009, así como se declara resuelta la resolución laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 3.722,25 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 27 de octubre de 2009 hasta la fecha de la presente resolución (3 de marzo de 2010), así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 70,90 euros brutos diarios, y que ascienden a una cantidad de 9.004,30 euros.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sumitop Suministros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.975/10)</texto>
</documento>