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    <fecha_publicacion>2010/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Suplemento de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 80 
 Suplemento de créditos 
  En cumplimiento de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se hace público para general conocimiento que, a iniciativa de la Junta de Gobierno Local, el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en sesión de 18 de marzo de 2010, aprobó inicialmente, sometiéndolo a información pública, el expediente número 7/2010, de suplemento de créditos.
  El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno, en el plazo de quince días a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional si en referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Pozuelo de Alarcón, a 22 de marzo de 2010..La secretaria general del Pleno, Elvira M. C. García García.
  (03/11.953/10)</texto>
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