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    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 79 
 Delegación de competencias 
  Al objeto de dar cumplimiento a las determinaciones del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público para general conocimiento que la Alcaldía, el 16 de marzo de 2010, ha dictado decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Primero..Delegar la Presidencia de la Comisión Informativa Permanente del Pleno de Reglamentos y Normas en don Félix Alba Núñez.
  Segundo..Notificar al interesado, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
  Contra la precedente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses (ambos contados desde el día siguiente al de su publicación), o cualquier otro que se estime pertinente, indicándosele que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
  Pozuelo de Alarcón, a 18 de marzo de 2010..El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre.
  (03/11.950/10)</texto>
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