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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLANUEVA DEL PARDILLO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Ordenanza autorización temporal terrazas anejas a establecimientos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 102 
 Ordenanza autorización temporal terrazas anejas a establecimientos 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 9 de marzo de 2010, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación parcial de la ordenanza no fiscal reguladora de la autorización temporal y régimen de funcionamiento de las terrazas anejas a establecimientos.
  En cumplimiento del acuerdo adoptado se abre un período de información pública y de audiencia a los interesados por plazo de treinta días hábiles para que puedan presentar alegaciones y sugerencias, contados a partir del siguiente al de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Entidad. En el caso de que no se formularen alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c), párrafo final, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, procediéndose a su publicación en los términos dispuestos en el artículo 70.2 de la citada Ley.
  En Villanueva del Pardillo, a 15 de marzo de 2010..El alcalde-presidente, PO, Juan González.
  (03/11.943/10)</texto>
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