<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100406-63</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>NAVACERRADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Navacerrada. Otros anuncios. Aprobación inicial expediente anulación de derechos y obligaciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>81</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-06240320100151</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/06/BOCM-20100406-63.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/06/BOCM-20100406-63.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/06/BOCM-20100406-63.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 
 OTROS ANUNCIOS
 
 63 
 Aprobación inicial expediente anulación de derechos y obligaciones 
  Incoado inicialmente por la Alcaldía expediente sobre anulación de derechos y obligaciones correspondiente a deudores y acreedores de presupuestos de ejercicios cerrados, anteriores al año 1991, por prescripción, error en contraído u otras causas, se expone al público en general en la Intervención de este Ayuntamiento durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que cualquier interesado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas, transcurrido el cual, de no presentarse ninguna reclamación, se procederá a su aprobación con carácter definitivo por parte de la Junta de Gobierno Local sin necesidad de ulterior acuerdo.
  Navacerrada, a 12 de marzo de 2010..El alcalde, Pablo Jorge Herrero.
  (02/2.942/10)</texto>
</documento>