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    <titulo>– Valdemoro. Régimen económico. Notificación diligencia de embargo de cuentas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemoro</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 84 
 Notificación diligencia de embargo de cuentas 
  No habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputables a esta Administración, y una vez intentado por dos veces, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se cita a los contribuyentes que se relacionan para que comparezcan con el objeto de ser notificados de las actuaciones que les afectan en relación con los procedimientos que se indican.
  Es responsable de la tramitación de los expedientes referenciados el Ayuntamiento de Valdemoro.
  Los interesados o sus representantes, debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente día hábil al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a trece y treinta, en la calle Neptuno, número 41, local, de Valdemoro, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
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  Asimismo, se advierte a los interesados de que, si no se hubiera comparecido en el plazo señalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento de dicho plazo.
  Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados podrá interponerse recurso de reposición ante el tesorero de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  En Valdemoro, a 9 de febrero de 2010..El recaudador, Francisco Roselló Lloreda.
  (02/2.464/10)</texto>
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