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    <identificador>BOCM-20100405-244</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 1. Ejecución 7 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 244 
 Ejecución 7 de 2010 
  Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 7 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ilie Narcis Ion, contra la empresa “Antonio Hernández Rubio, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto:
  Hechos:
  Primero..Que con fecha 25 de febrero de 2010 se dictó auto por este Juzgado de lo social en el presente procedimiento, cuya parte dispositiva, apartado a), literalmente dice:
  “a)  Declarar al ejecutado don Antonio Hernández Rubio en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 5.661,05 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.”
  Segundo..Se aclara el auto recaído en este procedimiento en el sentido de:
  «a)  Declarar a la ejecutada “Antonio Hernández Rubio, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 5.661,05 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.»
  Fundamento jurídico:
  Único..Conforme se establece en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los errores materiales manifiestos y los aritméticos de las sentencias y autos definitivos podrán ser rectificados en cualquier momento, de oficio o a instancias de parte.
  En atención a todo lo expuesto, dispongo: Ha lugar a la aclaración del auto recaído en este procedimiento en el sentido de:
  «a)  Declarar a la ejecutada “Antonio Hernández Rubio, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 5.661,05 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.»
  Quedando el resto de su contenido en los mismos términos.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Antonio Hernández Rubio, Sociedad Limitada”, a 4 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.060/10)</texto>
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