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    <fecha_publicacion>2010/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 608 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 225 
 Demanda 608 de 2009 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 608 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrzej Boguslaw Popek y don Miroslaw Szerlag, contra la empresa “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 103 de 2010):
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Andrzej Boguslaw Popek y don Miroslaw Szerlag, frente a “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido con efectos de 25 de marzo de 2009 de que fueron objeto ambos actores, y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes, con efectos de esta misma fecha, y condeno a la empresa demandada a que indemnice a don Andrzej Boguslow Popek con la suma de 10.791,98 euros, así como el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución a razón de 77,78 euros por día. Y asimismo, condeno a la empresa demandada a que indemnice a don Miroslaw Szerlag con la suma de 4.716,26 euros, así como el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución a razón de 40,57 euros por día.
  Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades del Fondo de Garantía Salarial en virtud del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.,
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 3 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.073/10)</texto>
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