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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 127 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 
 164 
 Ejecución 127 de 2009 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 127 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Sanabria de la Guía, don José Jiménez Álvaro, don Juan Carlos Carmona Fernández, don José Jiménez Cortijo, don Alberto Sanabria de la Guía, don Carlos Alberto Hortiguela Blas, don Narciso Bienvenido Zamora, don Diego Vázquez Sánchez, don Francisco Javier Morcillo Díez, don Javier Cuadrado Alonso, don José Carmelo Ruiz de Silva, don Óscar Hely Montenegro Paz, don José Luis Chico González, don Julio Pérez Fraile y don Servio Joselito Jaramillo Salinas, contra la empresa “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 318.208,85 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.278/10)</texto>
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