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    <fecha_publicacion>2010/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.526 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 78 
 Demanda 1.526 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.526 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Janet Cristina Falcón Corzo, contra la empresa “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 22 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 627 de 2009
  En Madrid, a 22 de noviembre de 2009.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Janet Cristina Falcón Corzo, contra la mercantil “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a la actora con la entidad demandada, y condeno a la misma a que abone a la actora la cantidad de 1.889,44 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por la trabajadora, computados desde el 8 de octubre de 2008, hasta la fecha de esta sentencia.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.526/10)</texto>
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