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    <fecha_publicacion>2010/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Divorcio contencioso 949 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>79</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 
 10 
 Divorcio contencioso 949 de 2008 
  Don Jesús María Serrano Sáez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha, dictada en los autos seguidos bajo el número 949 de 2008, sobre divorcio, promovidos por don Raúl Roda Cáceres, representado por la procuradora doña María José Millán Valero, contra doña Isabel Sánchez Jareño, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 2 de marzo de 2010, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
  Estimar la demanda interpuesta por don Raúl Roda Cáceres, contra doña Isabel Sánchez Jareño, y declarar disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 18 de julio de 1998, con todos los efectos inherentes a dicha declaración.
  No hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
  Comuníquese de oficio la presente resolución al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de las partes a los efectos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 264 de su Reglamento.
  Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo preceptiva para su admisión la constitución de un depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451/0000/00/0949/08) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta corriente número 0030/1835/20/9999999999, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de cinco días por medio de abogado y procurador.
  Y para que sirva de notificación en forma a doña Isabel Sánchez Jareño, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 2 de marzo de 2010..El secretario (firmado).
  (03/10.454/10)</texto>
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