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    <fecha_publicacion>2010/04/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 2.034 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>78</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 115 
 Demanda 2.034 de 2009 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 2.034 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julia San José Baeza, contra las empresas “Larcovi, Sociedad Anónima Laboral”, “Lazora, Sociedad Anónima”, “Antigua Rehabilitalia, Sociedad Anónima”, “Larcavilla Promociones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado providencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dada cuenta; por recibido el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón y dese traslado, se tiene por aportado el domicilio para librar los interrogatorios de parte solicitados en la demanda, y no ha lugar a la suspensión solicitada del juicio señalado, por ser el despido materia preferente.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Antigua Rehabitalia, Sociedad Anónima”, y “Larcavilla Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.093/10)</texto>
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