<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100331-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALCOBENDAS</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Expedientes de crédito extraordinario.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>77</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-31300320100044</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/31/BOCM-20100331-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/31/BOCM-20100331-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/31/BOCM-20100331-65.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 65 
 Expedientes de crédito extraordinario. 
  En la intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentran expuestos al público, a efectos de reclamaciones, los expedientes de crédito extraordinario 2/2010 y suplemento de crédito 1/2010, que afectan al presupuesto prorrogado, aprobados inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010.
  Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 de dicho texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .
  b)	Oficina de presentación: Registro General.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Alcobendas.
  En Alcobendas, a 25 de marzo de 2010..El alcalde (firmado).
  (03/12.406/10)</texto>
</documento>