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    <fecha_publicacion>2010/03/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas. Régimen económico. Presupuesto general 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>76</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES “LAS VEGAS” 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 94 
 Presupuesto general 2010 
  Elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta Mancomunidad para el ejercicio 2010, adoptado por el Pleno de la misma, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2009, al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición pública transcurrido desde el 27 de enero de 2010, día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público su resumen por capítulos.
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  Contra la aprobación definitiva del presupuesto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante el Pleno de la Mancomunidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.
  Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.
  San Martín de la Vega, a 18 de febrero de 2010..La presidenta de la Mancomunidad, María del Carmen Guijorro Belinchón.
  (03/7.131/10)</texto>
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