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    <identificador>BOCM-20100330-38</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/03/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Illes Balears. Notificación de resoluciones por infracción en el orden social</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>76</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Illes Balears</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Illes Balears
 
 38 
 Notificación de resoluciones por infracción en el orden social 
  SANCIONES
  El director territorial-jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Illes Balears.
  De acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), hace saber a los interesados relacionados en el anexo I que se han dictado resoluciones sancionadores en los expedientes que se señalan y que no han podido ser comunicada por ausencia, ignorado paradero o rehusado.
  El importe de las sanciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos, o bien interponer los recursos procedentes, para lo cual los expedientes se encuentran a la vista de los interesados en la sede de esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Illes Balears, calle Miquel Capllonch, número 12, de Palma, en el plazo de un mes desde la fecha de esta publicación, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado el pago o interpuesto el correspondiente recurso, las resoluciones serán remitidas para su cobro por vía ejecutiva.
  Según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, se publica únicamente una breve indicación del contenido de la resolución.
  ANEXO I
  	Acta. . Expediente. . Empresa. . Importe
  124432/09. . I-630/09. . Adesso Deu Patrm, Sociedad Limitada. . 6.251 euros y accesorios.
  124331/09. . S-760/09. . Adesso Deu Patrm, Sociedad Limitada. . 2.500 euros.
  Palma, a 29 de enero de 2010..La secretaria general, Mónica Rodríguez Seco.
  (02/1.884/10)</texto>
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