<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100330-214</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Demanda 390 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>76</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-30220320100254</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/30/BOCM-20100330-214.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/30/BOCM-20100330-214.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/30/BOCM-20100330-214.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 214 
 Demanda 390 de 2009 
  Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 390 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Antonio Sandoval Rosado, contra la empresa “Decoración de Interiores Sotavento, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto recurso de reposición por don Alberto Antonio Sandoval Rosado, contra “Decoración de Interiores Sotavento, Sociedad Limitada”. Dese traslado de copia de lo presentado a las otras partes para que en el plazo de cinco días lo impugnen, si así les conviene, y una vez transcurrido este, dese cuenta para su resolución.
  Puesto que la demandada está en paradero desconocido, se le hará notificación por edictos que se pondrán en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Decoración de Interiores Sotavento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/9.792/10)</texto>
</documento>