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    <identificador>BOCM-20100329-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR VIEJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/03/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Tasa por utilización privativa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>75</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 50 
 Tasa por utilización privativa 
  Se hace constar para el general conocimiento que el Pleno Municipal de Colmenar Viejo, en su sesión celebrada el 25 de marzo de 2010, acordó la imposición y ordenación de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del vuelo, suelo y subsuelo del dominio público municipal a favor de las empresas explotadoras o entidades prestadoras de servicio de telefonía móvil.
  Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.
  b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno Municipal.
  Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.
  En Colmenar Viejo, a 25 de marzo de 2010..El concejal-delegado de Hacienda, César de la Serna Moscol.
  (03/12.333/10)</texto>
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