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    <fecha_publicacion>2010/03/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial de control urbanístico-ambiental implantación de actividad calle Hernán Cortés número 12</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>75</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
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 Plan especial de control urbanístico-ambiental implantación de actividad calle Hernán Cortés número 12 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  “Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de oficinas en la planta primera izquierda del edificio sito en la calle Hernán Cortés, número 12, solicitado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (101/2008/11298), una vez evacuados los trámites en el acuerdo de aprobación inicial adoptado con fecha 22 de enero de 2009, sin que se hayan presentado alegaciones”.
  Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y del artículo 124.1 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, significando que ha sido remitido con fecha 5 de febrero de 2010 un ejemplar del Plan Especial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Madrid, a 8 de febrero de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/2.178/10)</texto>
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