<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100324-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia e Interior</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/03/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Registro telemático
– Resolución de 16 de febrero de 2010, de la Directora, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para la realización de trámites telemáticos en la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de inscripción de asociaciones y centros de madrileños en el exterior”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>71</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-24170320100027</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/24/BOCM-20100324-18.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/24/BOCM-20100324-18.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/24/BOCM-20100324-18.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Presidencia, Justicia e Interior</organismo>
    <organismo>AGENCIA MADRILEÑA PARA LA EMIGRACIÓN</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR 
 AGENCIA MADRILEÑA PARA LA EMIGRACIÓN
 
 18 
 Resolución de 16 de febrero de 2010, de la Directora, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para la realización de trámites telemáticos en la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de inscripción de asociaciones y centros de madrileños en el exterior”. 
  De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que, tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
  Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,
  DISPONGO
  Primero
  Habilitación Registro Telemático
  Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de Inscripción de Asociaciones y Centros de Madrileños en el Exterior”.
  La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento consignado anteriormente, deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, siendo de aplicación el siguiente:
  “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web “www.madrid.org”
  Segundo
  Publicación impresos
  Ordenar la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del modelo de solicitud que se adjunta como Anexo a la presente Resolución, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  Dado en Madrid, a 16 de febrero de 2010..La Directora de la Agencia Madrileña para la Emigración, Victoria Cristóbal Araújo.
   							Ver en documento PDF 						 
  (03/9.243/10)</texto>
</documento>