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    <fecha_publicacion>2010/03/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Especial finca calle José Ortega y Gasset, número 67</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>69</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación - Departamento de Ordenación - Subdirección General de la Edificación</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación
 Subdirección General de la Edificación
 Departamento de Ordenación
 
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 Plan Especial finca calle José Ortega y Gasset, número 67 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para la finca sita en la calle José Ortega y Gasset, número 67, en el Distrito de Salamanca, promovido por “Casa Raja, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.
  Tercero..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
  Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:
  NORMAS DE PROTECCIÓN
  Condiciones generales
  El edificio está incluido en el Área de Planeamiento Específico APE 00.001 y está regulado por la Norma Zonal 1, grado tercero, nivel C, con protección de nivel 2, y grado estructural.
  Régimen de obras
  Las regula el presente Plan Especial.
  1.  La ampliación de edificio existente, mediante la construcción de una planta retranqueada respecto de la fachada, sobre la última planta del inmueble, ampliación efectuada según la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, aprobada el 28 de noviembre de 2007, relativa al artículo 4.10.6 de las Normas Urbanísticas. Así pues, la edificabilidad quedaría la siguiente:
  .	No superará el 10 por 100 de la edificabilidad existente.
  .	10 por 100 sobre 1.617 metros cuadrados.
  2.  La implantación de un ascensor en el patio de parcela.
  Condiciones de uso
  Las señaladas en las Normas Urbanísticas en los artículos 8.1.30 y 8.1.31.
  Madrid, a 10 de febrero de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/1.556/10)</texto>
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