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    <fecha_publicacion>2010/03/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 6. Juicio de faltas 332 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>69</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 180 
 Juicio de faltas 332 de 2009 
  Doña Esperanza Rosa Sanz Álvaro, secretaria del Juzgado de instrucción número 6 de ­Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 332 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés..Vists por mí, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 6 de Leganés, el presente juicio verbal de faltas tramitado en este Juzgado bajo el número 332 de 2009, sobre una supuesta falta de amenazas. En él han sido partes: don Juan Francisco Díaz Briñas, don Luis Mariano González Besteiro, don Rosem Stoychev Pendachev y don Jorge Santiago Fernández, como denunciantes, y don Master Emeka Osam Jhonson y don Samir Oulad Sellam, como denunciados.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Master Emeka Osam Jhonson y don Samir Oulad Sellam, como autores responsables de una falta de amenazas prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 3 euros, que hacen un total de 45 euros, con la responsabilidad penal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y con declaración de oficio de las costas causadas en este procedimiento.
  Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación con los requisitos exigidos en el artículo 976, en relación con los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Master Emeka Osam Johnson, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 19 de febrero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/8.393/10)</texto>
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