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    <titulo>– Alcobendas. Otros anuncios. Inspección de Tributos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Inspección de Tributos 
  Don Agustín Martín Torres, concejal-delegado responsable del Área de Economía del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid).
  Hace saber: Resultando que, incoado expediente sancionador por apreciación de posible infracción tributaria calificada como leve/grave a los obligados tributarios incluidos en las relaciones adjuntas, no ha podido serles notificada la iniciación del mismo mediante propuesta motivada acompañada del pliego de cargos por causas ajenas a esta Administración y, una vez intentada por dos veces esta en el domicilio que figura en los documentos fiscales señalado a efectos de notificaciones y/o, en su caso, domicilio fiscal, se procede a citar a los interesados (o en su caso, representantes) mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003), para ser notificados mediante comparecencia en el Departamento de la Inspección de los Tributos del Ayuntamiento de Alcobendas (plaza Mayor, número 1, primera planta), en horario de nueve y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes, y en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio.
  Relación de expedientes incoados por apreciación de infracción tributaria con propuesta de sanción pecuniaria
  Número de expediente. . Titular/sujeto pasivo. . DNI/CIF. . Domicilio
  69/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  120/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  121/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  122/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  123/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  124/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  125/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  126/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  127/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  128/2009 S-PV. . Gonzalo Herrero 8, Sociedad Limitada. . B-82389719. . Calle Guzmán el Bueno, 135, octavo, 28003 Madrid.
  129/2009 S-PV. . Joaquín Emilio Martín Vilarrodona. . 07469400-N. . Calle Barcelona, 16, bajo A, 28100 Alcobendas (Madrid).
  Asimismo, se advierte a los interesados que, si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, efecto que, en síntesis, es el siguiente:
  1.o  Inicio del plazo de audiencia al interesado, cuya duración es de quince días a contar desde el siguiente al de recepción de este escrito y en el cual puede examinar el expediente, alegar cuanto considere conveniente y presentar los documentos, justificaciones y pruebas que estime oportunas para minorar o eximir su responsabilidad. O, en su caso, expresar su conformidad con la sanción propuesta. Si transcurrido el mencionado plazo no se han formulado alegaciones, se procederá, sin más trámite, a realizar resolución expresa de imposición de sanción en los mismos términos que la propuesta de resolución, conforme disponen los artículos 210.5 y 211.1 de la Ley General Tributaria 58/2003.
  2.o  Interrupción del plazo de prescripción para imponer sanciones tributarias de conformidad con el artículo 189.3 de la Ley General Tributaria, si este no hubiera sido in­terrumpido anteriormente por la acción administrativa conducente a regularización tributaria por las sanciones que de ella puedan derivarse.
  Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (“Boletín Oficial del Estado” número 298, de 14 de diciembre de 1999), y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid (“Boletín Oficial del Estado” número 245, de 12 de octubre de 2001), pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Director del Servicio de Rentas y Exacciones como responsable del fichero “Exacciones”.
  Alcobendas, a 17 de febrero de 2010..El concejal-delegado de Economía, Agustín Martín Torres (firmado).
  (02/2.127/10)</texto>
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