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    <fecha_publicacion>2010/03/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Zamora número 2. Ejecución 35 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>68</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 136 
 Ejecución 35 de 2010 
  Doña María Ángeles Blázquez Cosmes, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zamora.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 35 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Agustín Coco Moretón, contra la empresa “Asesortools, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Zamora, a 18 de febrero de 2010.
  Parte dispositiva:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don José Agustín Coco Moretón, contra “Asesortools, Sociedad Limitada”, por un principal de 5.802,84 euros, más 1.160,56 euros en concepto de intereses y costas calculados provisionalmente.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencia que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
  c)  Trabar embargo de los bienes de la parte demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismo, y a tal fin expídase los correspondientes oficios y mandamientos al ilustrísimo señor alcalde, registrador de la Propiedad y director de la Agencia Tributaria.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.
  Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Gabriel Álvarez López..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asesortools, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Zamora, a 18 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.167/10)</texto>
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