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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 58 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 207 
 Ejecución 58 de 2010 
  Doña Eugenia López Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 58 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Álvarez Bujía, contra la empresa “Cerrajería y Estructuras Metálicas Marsán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente:
  Providencia
  Magistrado-juez de lo social, don Jorge Juan Guillén Olcina..En Madrid, a 26 de febrero de 2010.
  Dada cuenta; visto el estado que mantienen las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta por sentencia de fecha 16 de noviembre de 2009 a la empresa “Cerrajería y Estructuras Metálicas Marsán, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Francisco José Álvarez Bujía, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, de Madrid, el día 25 de marzo de 2010, a las doce y treinta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que, si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Cerrajería y Estructuras Metálicas Marsán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de febrero de 2006..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.256/10)</texto>
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