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    <fecha_publicacion>2010/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 15 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 201 
 Ejecución 15 de 2008 
  Doña María Sagrario Hernández Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 15 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Federico Fernández de Santos Ortiz, contra las empresas “Compromint, Sociedad Limitada”, “Vega Media Limited”, “Publistar Limited”, y “World Bussiness Report Limited”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución de fecha 16 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 16 de febrero de 2010.
  Parte dispositiva:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Federico Fernández de Santos Ortiz, contra “Compromint, Sociedad Limitada”, “Vega Media Limited”, “Publistar Limited”, y “World Bussiness Report Limited”, por un principal de 40.245,25 euros, más 4.024,52 euros en concepto de intereses y 4.024,52 euros de costas calculadas provisionalmente.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de las deudoras principales que les consten.
  c)  Trabar embargo de los bienes de las demandadas en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de las deudoras de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2518000000039000, sito en la calle Orense, número 19.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por las ejecutadas en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).
  Y encontrándose las empresas demandadas en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID  y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a las ejecutadas que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Compromint, Sociedad Limitada”, “Vega Media Limited”, “Publistar Limited”, y “World Bussiness Report Limited”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.849/10)</texto>
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