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    <fecha_publicacion>2010/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 1.478 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 381 
 Demanda 1.478 de 2009 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.478 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Borja Navarro Cervigón, contra las empresas “Naveuropa XXI, Sociedad Limitada”, “Estructuras Galgo, Sociedad Limitada”, “Naveuropa XXI Quer 3, Unión Temporal de Empresas” y “Naveuropa XXI Quet, Unión Temporal de Empresas”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 63 de 2010
  En Madrid, a 15 de febrero de 2010.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Borja Navarro Cervigón, frente a “Estructuras Galgo, Sociedad Limitada”, “Naveuropa XXI Quer 3, Unión Temporal de Empresas”, “Naveuropa XXI Quet, Unión Temporal de Empresas” y “Naveuropa XXI, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las empresas demandadas al abono al actor de la suma de 2.207,36 euros en concepto de cantidad bruta reclamada.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y plazo establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Naveuropa XXI, Sociedad Limitada”, “Estructuras Galgo, Sociedad Limitada”, “Naveuropa XXI Quer 3, Unión Temporal de Empresas” y “Naveuropa XXI Quet, Unión Temporal de Empresas”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.800/10)</texto>
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