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    <fecha_publicacion>2010/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 2. Juicio de faltas 413 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 130 
 Juicio de faltas 413 de 2008 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 413 de 2008 se ha dictado la presente sentencia de fecha 4 de diciembre de 2008, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Colmenar Viejo, a 4 de diciembre de 2008..Doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de esta localidad, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 413 de 2008, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han intervenido como partes: el ministerio fiscal, ejerciendo la acción pública; don Juan Ángel Fernández González, como denunciante, y don Abdelkhamal Ahamdouche, como denunciado, cuyas circunstancias personales obran en autos, recayendo la presente resolución en base al siguiente:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Abdelkhamal Ahamdouche, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de treinta días de multa, a razón de 6 euros diarios.
  Aplíquese lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago de la multa impuesta.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes intervinientes e implicados, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia de fecha 4 de diciembre de 2008 a don Abdelkhamal Ahamdouche, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 16 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/8.087/10)</texto>
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