<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100316-192</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 46 de 2004</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>63</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-16100320100228</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/16/BOCM-20100316-192.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/16/BOCM-20100316-192.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/16/BOCM-20100316-192.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 192 
 Ejecución 46 de 2004 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 46 de 2004 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Tomasa Requena Imedio y doña María Jesús Íñiguez Osuna, contra don Andrés Rojas Florido, sobre despido, se han dictado providencias de fechas 27 de abril de 2009 y 16 de febrero de 2010, del tenor literal siguiente:
  Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 27 de abril de 2009.
  Visto el estado que mantienen las presentes, recuérdese a doña María Jesús Íñiguez Osuna que por resolución de 18 de octubre de 2007 se acordó poner a disposición de la misma, en concepto de intereses, la cantidad de 553 euros, y que para retirar la referida cantidad deberá comparecer en la Secretaría de este Juzgado los días martes o jueves, de nueve y treinta a trece y treinta horas de su mañana, al objeto de recoger el oportuno mandamiento de devolución, debiendo acreditar su personalidad por medio del correspondiente documento nacional de identidad, pasaporte o carné de conducir y debiendo ponerse en contacto con este Juzgado a través de los teléfonos arriba indicados al mismo día en que piense comparecer, o en su caso, aporte a este Juzgado número de cuenta de los que sea titular a fin de hacer transferencia de dicha cantidad.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad..Doy fe.
  Providencia
  Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 16 de febrero de 2010.
  Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y el contenido de la anterior resolución de fecha 27 de abril de 2009, recordando otra resolución de fecha 18 de octubre de 2007, poniendo a disposición de la ejecutante doña María Jesús Íñiguez Osuna la suma de 553 euros en concepto de intereses, y encontrándose la misma en ignorado paradero, remítase la referida cantidad al Tesoro Público y verificado, procédase al archivo de las presentes actuaciones.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.
  Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto” número 2807/0000/30/0046/09.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña María Jesús Íñiguez Osuna, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/8.388/10)</texto>
</documento>