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    <fecha_publicacion>2010/03/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 354 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>63</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 173 
 Demanda 354 de 2009 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 354 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Villar Jurado, contra la empresa “Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 21 de 2010
  En Madrid, a 14 de enero de 2010..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como denunciante, don Juan Villar Jurado, que comparece asistido del letrado don José Luis Fernández Chillón, y de otra, como demandada “Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debía estimar la demanda interpuesta por don Juan Villar Jurado en concepto de reclamación de cantidad contra la empresa “Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, condenando a la entidad demandada al pago de la cantidad de 802,64 euros, en concepto de principal reclamado, más 80,26  euros en concepto de interés por mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno (artículo 189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Villar Jurado y “Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.423/10)</texto>
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