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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Málaga número 11. Ejecución 15 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11 
 EDICTO
 
 328 
 Ejecución 15 de 2010 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Málaga.
  Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 15 de 2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Antonio Meca Rodríguez, contra “Grupo Hispacón Proyectos, Obras y Contratas, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 5 de febrero de 2010 se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente:
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución del auto por la suma de 12.250,16 euros en concepto de principal, más la de 1.500 euros calculados para intereses y gastos, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo. Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid. Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid, a la Agencia Tributaria y al Decanato de los Juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.
  Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
  Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo la ilustrísima señora doña María del Mar Rebolloso del Moral, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Málaga. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Y para que sirva de notificación en forma a “Grupo Hispacón Proyectos, Obras y Contratas, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Málaga”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa..El secretario judicial (firmado).
  (03/7.607/10)</texto>
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