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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 10 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 224 
 Ejecución 10 de 2010 
  Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 10 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Francisco Pérez Requejo, contra la empresa “Mármoles y Construcciones Sabamak, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Juan Francisco Pérez Requejo, contra “Mármoles y Construcciones Sabamak, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.939,63 euros de principal, más 269,43 euros de intereses y 449,06 euros de costas calculados, en ambos casos, provisionalmente, y, en consecuencia, procede acumular la presente ejecución a los autos número 1.401 de 2008, ejecución número 33 de 2009, que se sigue en este Juzgado contra la misma deudora, ascendiendo el principal de las ejecuciones acumuladas a 15.520,74 euros de principal, más 904,43 euros de intereses y 1.507,06 euros de costas calculados, en ambos casos, provisionalmente.
  Por todo ello, estese al resultado de las averiguaciones de bienes en la ejecución número 33 de 2009.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mármoles y Construcciones Sabamak, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/7.588/10)</texto>
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