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    <fecha_publicacion>2010/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Juicio de faltas 304 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 
 122 
 Juicio de faltas 304 de 2009 
  Don Guillermo Vázquez Ariño, secretario del Juzgado de instrucción número 32 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 304 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, y en su parte dispositiva dice:
  Que debo absolver y absuelvo a don Justo Sánchez Rayo y don Manuel José García Fernández de los hechos por los que habían sido denunciado, declarando de oficio las costas procesales del presente juicio.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Rafael Luis Llanos Tato, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 18 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/7.834/10)</texto>
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